La gran prensa y la derecha buscan silenciar y sacar del debate ciudadano los crímenes de lesa humanidad del terrorismo de Estado y el intento de que prescriban en 30 días.
Desde estas páginas buscamos exactamente lo contrario.
El PIT-CNT, Mujica y una iniciativa. El jueves pasado, el PIT-CNT, con el apoyo de Familiares de Uruguayos Detenidos Desaparecidos, HIJOS, SERPAJ, FEUU, CRYSOL, Iguales y Punto y Mesa Permanente contra la Impunidad; hicieron público un proyecto de ley que apunta a incorporar a la legislación nacional los aspectos centrales de la sentencia de la Corte Interamericana de DDHH (CIDH) en el caso Gelman. Califica como de lesa humanidad los delitos cometidos bajo el terrorismo de Estado y por lo tanto imprescriptibles. Por la tarde, una delegación del PIT-CNT fue recibida por el presidente de la República, José Mujica, para analizar el proyecto. Según participantes en la reunión, Mujica expresó su visión positiva sobre el proyecto e incluso afirmó:
«Terminar con los crímenes de lesa humanidad sería un avance cultural muy importante para Uruguay».
Son hechos importantes. Hay una iniciativa concreta, que de una u otra manera llegará al Parlamento y éste deberá pronunciarse. La iniciativa cuenta con un importante apoyo de organizaciones sociales y además, con la simpatía del presidente Mujica.
Por otra parte se han presentado nuevas denuncias y en los próximos días se presentarán varias más, para que sean investigadas.
La sentencia de la CIDH y el Poder Judicial.dicial. En febrero la CIDH condenó a Uruguay y le ordenó que la Ley de Caducidad «dejara de ser un impedimento para la investigación, de las violaciones a los derechos humanos durante la dictadura y para la identificación y eventual condena de los responsables de los mismos». La condena de la CIDH dice también, a texto expreso, que no debe aplicarse la Ley de Caducidad «ni ningún instrumento jurídico análogo como la PRESCRIPCION».
Al parecer no debería existir ninguna duda al respecto, sin embargo no es así. Y no lo es porque la interpretación de las leyes y también de las sentencias, es materia de debate filosófico y no sólo jurídico, es decir, entra en el terreno político de las concepciones y los valores de quienes las interpretan. Por ello no se vulnera ninguna autonomía ni se ejerce ninguna presión ilegítima si se reclama una interpretación y una aplicación determinada.
En este caso, el cumplimiento a cabalidad de la sentencia de la CIDH, es decir en todas sus consecuencias jurídicas e institucionales, debe ser el mínimo aceptable y no el máximo aspirable.
Las violaciones a los DDHH cometidas en el marco del terrorismo de Estado no son delitos comunes, son de lesa humanidad, y por lo tanto imprescriptibles. Eso parece que no resistiría ninguna discusión, pero lamentablemente no es así.
Varios jueces se han negado a tipificarlos así y procesan a los violadores de DDHH por delitos comunes, como homicidio especialmente agravado.
Recientemente la Suprema Corte de Justicia desestimó en tres sentencias la tipificación del delito de «desaparición forzada» por considerar que el mismo no estaba vigente en el momento que esos delitos se cometieron. Aplica el denominado criterio de la irrectroactividad de la ley y como consecuencia de ello también el de prescripción.
La Suprema Corte dispuso la condena de los responsables por el delito de «homicidio muy especialmente agravado» por el asesinato de 28 personas. El fallo fue votado por una mayoría de 4 a 1, con el voto discordante del actual presidente, Leslie Van Rompaey.
Ahora los jueces deben enfrentar más de 150 casos, entre los que se reabren y las nuevas denuncias. ¿Es de recibo que lo hagan según el criterio de cada uno?
No, no lo es. En primer lugar porque el Estado uruguayo todo tiene la obligación de cumplir la sentencia de la CIDH, y los jueces, aún con su autonomía e independencia técnica, son parte del Poder Judicial y por lo tanto del Estado.
Hay opiniones diversas sobre si es necesario o no que el Parlamento vote una ley al respecto. Desde estas páginas hemos sostenido, y lo reiteramos hoy, que todos los poderes del Estado deben hacer esfuerzos por cumplir con la sentencia de la CIDH. La iniciativa del PIT-CNT tiene el valor de hacer ley los fundamentos jurídicos de la sentencia y enviar una señal muy clara al Poder Judicial de la voluntad de cumplirla a cabalidad.
Desde la ética. Las dimensiones jurídicas, filosóficas y políticas de la impunidad son importantes. Pero hay otra que es decisiva: la ética.
Esto no es un congreso académico donde compiten brillantes argumentos jurídicos, o un curso de derecho aplicado donde se aprenden hábiles artilugios y estrategias legales. Es una disputa central en la construcción de una sociedad sana, democrática, libre.
Los crímenes de los que hablamos son los peores de la historia nacional. Quienes los cometieron no alegan inocencia. Por el contrario, cuando pueden los reivindican, sólo proclaman impunidad, nada más y nada menos.
¿Es éticamente tolerable que queden impunes secuestradores de niños, torturadores, violadores, asesinos y desaparecedores de personas?
Esa es la pregunta que debe hacerse. Esa pregunta debe responderse; en los medios, en los debates ciudadanos, en el Parlamento y también en los tribunales.
Los secuestradores de niños, torturadores, violadores y asesinos quieren impunidad. EL POPULAR, junto a todas las organizaciones populares, sin revanchismos ni rencor, seguirá reclamando verdad y justicia. Nada más, pero tampoco nada menos. Y lo haremos todas las veces que sea necesario.
Marx, nuestro maestro, recogió e hizo suya la frase de Terencio: Nada de lo Humano me es Ajeno
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La impunidad es intolerable y la prescripción también - Editorial El Popular N° 158
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